domingo, 20 de diciembre de 2015

Tema 9: la participación en los centros educativos: problemática actual y factores condicionantes.

En este tema se plantea como objetivo que para la implicación en el centro es necesario adquirir las estrategias necesarias que permitan comunicarse con las familias, establecer criterios coherentes y la implicación en la dinámica del centro.


Según Bernardo Carrasco "educar es capacitar, se capacita por la colaboración y ello se logra por la participación".
El centro educativo como espacio importante de socialización de ciudadanos debe propiciar procesos de construcción participativos y democráticos.
Para lograrlo, la escuela ha de estar organizada como una institución en la cual, estudiantes, profesores, directores, padres, madres, tutores, personal de apoyo y la comunidad vinculada a ella, encuentren espacios para la libre expresión y para la participación responsable en la definición de líneas de acción para la buena marcha de la escuela.
La participación en la gestión educativa significa la posibilidad real de tomar parte activa en la elaboración, desarrollo y conducción del proceso educativo por parte de todos los que intervienen en el mismo.
En una escuela se aprende a participar participando y para lograr esta participación cada centro debe mirar a su interior, para proponer los espacios de participación que se tienen que favorecer y las prácticas que se tienen que asumir.
Para conseguir la participación es necesario:
  • Crear espacios para la interacción, lugares y tiempos donde sea posible facilitar y profundizar en las relaciones personales entre los miembros del claustro.
  • Favorecer la comunicación mediante el establecimiento de canales de comunicación ágiles y eficaces dentro del centro.
  • La cohesión es la fuerza que une a los miembros de cualquier grupo, la motivación que le lleva a resolver sus problemas internos.
Órganos de participación en los centros:


Protagonistas
Colectivos
Órganos
Órganos
Alumnado
Delegados
Consejo escolar

Profesorado
Equipos docentes
Consejo escolar
Claustro
Familias
Tutoría
Consejo escolar
AMPA

NORMATIVA DE REFERENCIA

En este tema en la normativa de referencia se trata dentro de la constitución española el artículo 27 que dice que los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación mediante la programación general de la enseñanza, con la participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes (punto 5) y que los profesores, los padres, y en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos con fondos públicos en los términos que la ley establezca (punto 7).
Según la Ley Orgánica de Derecho a la Educación (LODE):
Artículo 5
 -Los padres de alumnos tienen garantizada la libertad de asociación.
 -Las asociaciones de padres de alumnos asumirán las siguientes finalidades:
  • Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos.
  • Colaborar en las actividades educativas de los centros. 
  • Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro. 
-En cada centro docente podrán existir asociaciones de padres de alumnos.
-Las asociaciones de padres de alumnos podrán utilizar los locales de los centros docentes para la realización de las actividades que les son propias.
-Reglamentariamente se establecerán, de acuerdo con la ley, las características específicas de las asociaciones de padres de alumnos.

Artículo 19
-El principio de participación de los miembros de la comunidad escolar inspirará las actividades educativas y la organización y funcionamiento de los centros públicos.
-La intervención de los profesores, de los padres y de los alumnos en el control y gestión de los centros públicos se ajustará a lo dispuesto en el título III de esta ley.

Participación en la programación general de la enseñanza:
  1. Los poderes públicos garantizarán el ejercicio efectivo del derecho a la educación mediante una programación general de la enseñanza con la participación efectiva de todos los sectores afectados.  
  2. A tales efectos, el Estado y las comunidades autónomas definirán las necesidades prioritarias en materia educativa, fijarán los objetivos de actuación del período que se considere y determinarán los recursos necesarios.
  3. Las comunidades autónomas se encargarán de la programación específica de los puestos escolares en la que se determinarán las comarcas, municipios y zonas donde dichos puestos hayan de crearse. 
El Título V de la LOE (que mantiene la LOMCE) desarrolla la participación, autonomía y gobierno de los centros. En el Capítulo III encontramos la normativa referida a los órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos.

Principios de la educación (LOMCE/LOE)
  • El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesorado, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad. 
  •  El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos (LOMCE). 
  • La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.  



Composición del consejo escolar (artículo126):
  • El director del centro que será su presidente.
  • El jefe de estudios.
  • Un Concejal o representante del ayuntamiento en el término municipal en el que se encuentre el centro.
  • Un número de profesorado, elegido por el claustro que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del consejo.
  • Un representante del personal de administración y servicios del centro.
  • El secretario del centro, que actúa como secretario del consejo con voz y sin voto.



Competencias del consejo escolar:
  • Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente ley orgánica. 
  • Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del claustro del profesorado en relación con la planificación y organización docente. 
  • Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. 
  • Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente ley orgánica establece. 
  • Informar sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta ley orgánica y disposiciones que la desarrollen. 
  • Etc.
Derechos y deberes de las familias:
  • Que reciban una educación con la máxima garantía de calidad, conforme con los establecidos en la constitución en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.
  • A elegir centro docente tanto de público como diferente de los creados por los poderes públicos.
  • Que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. 
  • A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos.
  • A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.
  • A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo en los términos establecidos en las leyes.
  • A ser escuchados en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos. 
En el Decreto 233/1997 de 2 de septiembre sobre la participación de padres de alumnos en el centro se recoge:
  • En las escuelas de Educación Infantil y Primaria podrán existir las asociaciones de padres de alumnos reguladas en el Decreto 126/86 de 20 de octubre del Consejo de la Generalitat Valenciana.
  • La presidencia del AMPA legalmente constituida al centro. 
  • La junta directiva del AMPA legalmente constituida en el centro.
ÁMBITOS DE PARTICIPACIÓN 
  • Mejora en el rendimiento académico: autonomía para el estudio de sus hijos, deberes para casa, uso de la agenda escolar, animación y hábitos de lectura, técnicas de estudio, presentación y archivo de trabajos, orden escolar.
  • Mejora de la convivencia: inteligencia emocional, autonomía, buenas prácticas de relación en el centro, medidas frente a situaciones inadecuadas, colaboración con los profesores, actividades de convivencia con las familias.
Colaboración en la organización del aula, del ciclo y del centro: vocales de clase, aportación de propuestas, decoración, gestión económica compartida, colaboración en salidas y talleres.

 DIFICULTADES QUE SE PLANTEAN EN LA PARTICIPACIÓN EN LOS CENTROS:
  • Claustritis (todo tiene que pasar por el claustro).
  • Corporativismo (de docentes y de padres).
  • Burocratización en los consejos escolares y poca participación.
  • Falta de políticas institucionales.
  • Micropolítica de los centros.
  • Falta de preparación de los directivos.
  • Falta de información.
  • Falta de tiempo.
MEDIDAS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN:
  • Fomentar la formación para la participación. 
  • Promover mecanismos de información entre toda la comunidad educativa. 
  • Planificar y promover que todos los miembros de la comunidad educativa asuman funciones de responsabilidad concreta en cada escuela.
  • Facilitar que los consejos escolares sean verdaderos órganos de participación.
  • Mayor autonomía en los centros. 
  • Fomentar el asociacionismo entre las familias.
  •  Aumentar los mecanismos de información entre toda la comunidad educativa.

*Información general

LA PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA

La organicación del sistema educativo debe permitir que los padres y madres puedan participar activamenete en el funcionamiento del centro escolar. Una escuela participativa e impulsiva lleva a cabo una metodología activa que facilita la participación de toda la comunidad educativa, teniendo como consecuencia el nacimiento de un grupo donde todos forman parte y de esta manera se garantiza la conexión con la vida fuera del entorno educativo. Todo ello repercutirá en la educación, mejorando la calidad de la emseñanza.
La acción educativa resulta insuficiente para satisfacer las necesidades del alumnado en su desarrollo integral, por ello, es importante la complementación de la familia que potencia el desarrollo pleno y global de la personalidad del alumnado, ya que los padres y madres participan en la educación de sus hijos de manera formal o informal transmitiendo valores, pautas de conducta, hábitos y actitudes.


























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